Quién paga las cuotas de la comunidad, el propietario o el inquilino
El propietario es el responsable legal de pagar las cuotas de la comunidad de propietarios, según el Artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). El inquilino no tiene obligación de abonarlas, aunque sí puede ser responsable si el contrato de arrendamiento lo establece expresamente. El propietario debe incluir la cuota en el presupuesto anual y presentar el estado de cuenta a todos los propietarios, conforme al Artículo 17.2 LPH.
- El propietario debe pagar las cuotas de gastos ordinarios (mantenimiento, limpieza, seguros, etc.).
- El inquilino no es obligado a pagarlas, salvo que el contrato de arrendamiento lo establezca expresamente.
- La comunidad puede exigir al propietario la devolución de las cuotas si el inquilino las abona por error o acuerdo tácito.
- El propietario debe incluir las cuotas en el presupuesto anual y presentar el estado de cuenta a todos los propietarios, conforme al Artículo 17.2 LPH.
- Si el propietario no paga, la comunidad puede iniciar un procedimiento monitorio o reclamar judicialmente por incumplimiento, según el Artículo 17.3 LPH.
La responsabilidad recae siempre en el propietario, independientemente de quien ocupe el inmueble. El inquilino puede ser responsable si el contrato de arrendamiento lo establece expresamente.
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