Qué debe contener el acta de una junta de propietarios

El acta de una junta de propietarios debe reflejar fielmente los acuerdos adoptados y el desarrollo de la reunión. Debe incluir: nombre y domicilio de la comunidad, fecha y lugar de celebración, firma del presidente, asistencia de propietarios y representantes, orden del día con los puntos trascendentes tratados, votos a favor, en contra y abstenciones en cada punto, acuerdos adoptados con su contenido y mayoría requerida (art. 17.1 LPH), reclamaciones o impugnaciones presentadas y su resultado, nombramiento o reelección de cargos (presidente, secretario, etc.), notificación de convocatoria y firma del secretario. El acta debe ser firmada por el presidente y el secretario, y conservarse en el archivo de la comunidad. Si no se dispone de secretario, el presidente debe firmar como tal. No es obligatorio que sea firmado por todos los asistentes, aunque sí es recomendable para mayor seguridad jurídica.

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