Es obligatorio tener extintores en zonas comunes

Sí, es obligatorio tener extintores en zonas comunes según el Artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que establece que los elementos comunes deben estar en condiciones de uso y seguridad. La instalación de extintores es una medida preventiva para evitar incendios y garantizar la seguridad de todos los vecinos.

Los extintores deben cumplir con las normas técnicas de seguridad vigentes y ser revisados periódicamente por un técnico competente, conforme al RD 1075/2005 y el RD 1367/2007. En edificios de más de 50 años o con más de 100 metros cuadrados de superficie útil, se recomienda además un sistema de detección automática de humo y extinción.

La comunidad de propietarios debe incluir en el presupuesto ordinario o extraordinario la asignación de fondos para la adquisición, mantenimiento y sustitución de los extintores. Si no se cumplen estos requisitos, puede ser sancionado por la Autoridad de Control Autorizada (ACA) o el Ayuntamiento según la normativa local.

En zonas de difícil acceso o con riesgo elevado (como garajes, trasteros o locales comerciales), se recomienda instalar extintores de tipo ABC o CO₂, según el tipo de riesgo. La ubicación debe ser visible y accesible, preferiblemente en puntos estratégicos como escaleras, vestíbulos o salidas de emergencia.

¿Tienes una duda similar sobre seguros?

Nuestro asistente IA está especializado en comunidades de vecinos y puede ayudarte en segundos.

Consultar al agente →